Tipos de alojamientos turísticos en Asturias: cuáles son y en qué se diferencian
Los tipos de alojamientos turísticos en Asturias son muy variados. En el Principado conviven viviendas de uso turístico, viviendas vacacionales, apartamentos turísticos, establecimientos rurales, hoteles, albergues y otras modalidades de alojamiento, cada una con sus propias características y requisitos legales.
Distinguir los distintos tipos de alojamientos turísticos en Asturias permite identificar qué modalidad corresponde a cada inmueble y qué condiciones debe cumplir para desarrollar legalmente la actividad.
Aunque a menudo se utilizan expresiones como alojamiento turístico, vivienda vacacional o apartamento turístico para referirse a cualquier inmueble que se alquila a visitantes, desde el punto de vista legal no significan lo mismo. Cada modalidad tiene unas características propias y está sujeta a una normativa específica.
Conocer estas diferencias es importante tanto para quienes buscan alojamiento para sus vacaciones como para los propietarios que desean destinar un inmueble a esta actividad. La ubicación, las características del edificio, el tipo de explotación y los servicios que se ofrecen pueden determinar qué modalidad corresponde en cada caso.
A continuación, repasamos los principales tipos de alojamientos turísticos regulados en el Principado de Asturias y sus características.
1. Viviendas de uso turístico (VUT)
Las viviendas de uso turístico son viviendas independientes situadas en edificios de varias plantas sometidos al régimen de propiedad horizontal, es decir, edificios en los que existen distintos propietarios de viviendas o locales.
Se ceden temporalmente a turistas a cambio de un precio y deben estar amuebladas y equipadas para su utilización inmediata. Su contratación se realiza siempre por la vivienda completa, no por habitaciones.
En Asturias, esta modalidad está regulada por la Ley del Principado de Asturias 7/2001, de Turismo, y por el Decreto 48/2016, de 10 de agosto, modificado por el Decreto 4/2026.
Entre sus principales requisitos se encuentran:
La vivienda debe cumplir las condiciones de habitabilidad, seguridad y calidad exigibles.
Debe disponer de mobiliario, electrodomésticos, menaje y equipamiento adecuados al número de plazas.
Debe contar con suministro de agua, electricidad y calefacción, además de los elementos de seguridad exigidos.
Se exige un cuarto de baño por cada cuatro plazas o fracción.
La capacidad máxima es de ocho plazas.
Debe estar situada en una zona en la que el uso turístico esté permitido por la normativa urbanística municipal.
Debe contar con la documentación y la inscripción turística correspondientes.
Además, cuando la vivienda se encuentra en un edificio sometido al régimen de propiedad horizontal, es necesario acreditar que la comunidad de propietarios permite la comercialización turística, de acuerdo con la legislación aplicable.
La normativa también establece obligaciones relacionadas con la atención a los huéspedes, la información del alojamiento, la recepción y los servicios que deben ofrecerse.
2. Viviendas vacacionales (VV)
Las viviendas vacacionales son alojamientos independientes que se destinan al alquiler turístico mediante precio y de forma habitual y profesional.
A diferencia de las viviendas de uso turístico, esta modalidad no comprende los pisos. La normativa asturiana reserva las viviendas vacacionales para el alojamiento íntegro en inmuebles que no estén incluidos en otras modalidades turísticas reguladas.
Por tanto, se trata de una modalidad que puede encajar en determinadas viviendas independientes, como casas o inmuebles que reúnen las condiciones exigidas para esta clasificación.
Entre sus características principales destacan:
Se alquila la vivienda completa, nunca por habitaciones.
No se incluyen los pisos dentro de esta modalidad.
Debe disponer de agua potable fría y caliente, electricidad y calefacción.
Tiene que contar con un sistema adecuado de evacuación de aguas residuales y recogida de basuras.
Debe disponer de botiquín, extintor y conexión a Internet, salvo en las zonas donde no exista cobertura.
Se exige un cuarto de baño por cada cuatro plazas o fracción.
Debe cumplir las condiciones de acceso y señalización establecidas en la normativa.
Al igual que ocurre con las viviendas de uso turístico, no pueden destinarse a esta actividad las viviendas sometidas a un régimen de protección pública ni aquellas situadas en zonas que los ayuntamientos hayan declarado no aptas.
La actividad requiere presentar la correspondiente declaración responsable ante la Administración turística y cumplir los requisitos autonómicos y municipales aplicables.
¿En qué se diferencian una VUT y una VV?
La diferencia fundamental está en el tipo de inmueble al que se aplica cada modalidad. La vivienda de uso turístico se refiere a viviendas independientes situadas en edificios de varias plantas sometidos a propiedad horizontal, mientras que la vivienda vacacional excluye expresamente los pisos y se destina al alojamiento íntegro.
Si quieres profundizar en estas dos modalidades, puedes consultar nuestro artículo Diferencias entre viviendas de uso turístico y viviendas vacacionales, donde explicamos sus características y requisitos.
3. Apartamentos turísticos
Entre los tipos de alojamientos turísticos en Asturias también encontramos los apartamentos turísticos, una modalidad propia que no debe confundirse con las viviendas de uso turístico o las viviendas vacacionales.
Se trata de unidades de alojamiento que se ofrecen de forma habitual y profesional a cambio de un precio, con el equipamiento y los servicios propios de esta modalidad.
En Asturias se contemplan dos formas de organización:
Apartamentos turísticos en bloque: conjunto de unidades de alojamiento situadas en un mismo edificio o complejo, explotadas bajo una misma titularidad o gestión empresarial.
Apartamentos turísticos en conjunto: unidades de alojamiento distribuidas en distintos edificios o ubicaciones, pero que forman parte de una misma explotación turística.
Cada apartamento dispone de espacios destinados a la estancia, dormitorios, cocina y cuarto de baño, con el mobiliario y equipamiento necesarios para su ocupación.
Su clasificación y funcionamiento están sujetos a la normativa específica de apartamentos turísticos, además de las disposiciones generales en materia de turismo y las exigencias urbanísticas y técnicas que correspondan.
La existencia de varios apartamentos en un mismo edificio no significa automáticamente que se trate de apartamentos turísticos: es necesario que el establecimiento reúna las condiciones propias de esta modalidad.
4. Alojamientos de turismo rural en Asturias
El turismo rural tiene una especial importancia en Asturias, donde la oferta de alojamientos está muy vinculada al paisaje, la arquitectura tradicional y los entornos naturales.
Dentro de los tipos de alojamientos turísticos en Asturias, las modalidades rurales tienen una especial relevancia por la variedad de establecimientos y su vinculación con el entorno.
La normativa asturiana contempla distintas modalidades dentro de esta categoría, cada una con características propias.
4.1. Hoteles rurales
Son establecimientos ubicados en inmuebles de singular valor arquitectónico o que responden a la arquitectura tradicional asturiana de la zona.
Pueden ocupar un edificio completo, varios edificios o una parte independizada de ellos, siempre que constituyan un conjunto homogéneo y dispongan de accesos y dependencias de uso exclusivo.
Ofrecen alojamiento y pueden incorporar otros servicios complementarios. Su capacidad máxima está establecida en 36 plazas, incluidas las supletorias.
4.2. Casas de aldea
Son viviendas independientes cuyas características responden a la arquitectura tradicional asturiana de la zona en la que se encuentran.
Pueden ofrecer alojamiento mediante dos modalidades de explotación:
Contratación íntegra: se alquila la casa completa.
Contratación por habitaciones: se alquilan habitaciones individuales dentro de la vivienda familiar, incluyendo desayuno.
La capacidad máxima es de 15 plazas, incluidas las supletorias, distribuidas en un máximo de siete habitaciones.
4.3. Apartamentos rurales
Son unidades de alojamiento situadas en edificios o construcciones que responden a la arquitectura tradicional de la zona.
Cada unidad dispone de espacios destinados a salón, dormitorio o dormitorios, cocina y cuarto de baño, además del mobiliario y equipamiento necesarios para su utilización inmediata.
Pueden organizarse en bloques o conjuntos de unidades y su capacidad máxima es de 36 plazas, incluidas las supletorias.
4.4. Agroturismo
El agroturismo es una especialidad vinculada al turismo rural en la que el alojamiento se relaciona con una explotación agrícola, ganadera o forestal.
Su finalidad es acercar al visitante al entorno y a las actividades propias del medio rural, ofreciendo una experiencia relacionada con la actividad tradicional del territorio.
No constituye simplemente otra forma de llamar a una casa rural: debe reunir las condiciones específicas que establece la normativa para esta especialidad.
5. Tipos de establecimientos hoteleros en Asturias
Los establecimientos hoteleros constituyen otra de las grandes modalidades de alojamiento turístico en Asturias.
Dentro de esta categoría se encuentran principalmente:
Hoteles: establecimientos que ofrecen alojamiento en habitaciones y pueden prestar servicios complementarios.
Hoteles-apartamento: combinan las características de un establecimiento hotelero con unidades de alojamiento que disponen de espacios y equipamiento para una estancia más autónoma.
Pensiones: establecimientos de alojamiento que se clasifican dentro de la modalidad hotelera y que cuentan con sus propios requisitos y condiciones.
Estos establecimientos están sujetos a una normativa específica que regula su clasificación, categorías, instalaciones, servicios y condiciones de funcionamiento.
La diferencia respecto a una vivienda vacacional o de uso turístico está en que se trata de establecimientos hoteleros, con una organización y unos servicios propios de esta actividad empresarial.
6. Albergues turísticos
Los albergues turísticos son establecimientos destinados principalmente a proporcionar alojamiento a personas que viajan individualmente o en grupo.
Se caracterizan por ofrecer espacios de alojamiento compartidos, aunque su organización y distribución pueden variar según el establecimiento.
Son habituales en zonas de montaña, rutas de senderismo y recorridos vinculados al turismo activo, aunque también pueden encontrarse en localidades y destinos urbanos.
Su funcionamiento está regulado por una normativa específica que establece las condiciones de las instalaciones, los servicios y los requisitos que deben cumplir para desarrollar la actividad.
7. Campamentos de turismo y áreas especiales de acogida de autocaravanas
Asturias también cuenta con modalidades de alojamiento turístico destinadas a quienes viajan con tienda de campaña, caravana, autocaravana u otros vehículos de alojamiento.
7.1. Campamentos de turismo
Son establecimientos turísticos organizados en espacios delimitados y acondicionados para la estancia temporal de visitantes que utilizan tiendas de campaña, caravanas, autocaravanas u otros elementos de alojamiento autorizados.
Deben disponer de las instalaciones, servicios y condiciones de seguridad exigidos por la normativa.
7.2. Áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito
Son espacios específicamente habilitados para la acogida temporal de autocaravanas en tránsito.
Su finalidad es facilitar la parada y estancia de estos vehículos, con los servicios e instalaciones que correspondan a esta modalidad.
No deben confundirse con cualquier aparcamiento en el que esté permitido estacionar una autocaravana, ya que las áreas de acogida turística están sujetas a una regulación propia.
Tipos de alojamientos turísticos en Asturias: principales modalidades y diferencias
Aunque desde el punto de vista del visitante todos estos establecimientos pueden cumplir una función similar —ofrecer un lugar donde alojarse durante un viaje—, desde el punto de vista administrativo y legal existen diferencias importantes.
La modalidad turística determina los requisitos que debe reunir el inmueble, las condiciones de explotación, los servicios que se deben prestar y las obligaciones que corresponden a su titular.
Por eso, antes de iniciar una actividad de alquiler turístico, es importante comprobar:
Qué modalidad corresponde al tipo de inmueble.
Si el uso turístico está permitido en esa ubicación.
Qué requisitos de habitabilidad, seguridad y equipamiento son exigibles.
Qué documentación y trámites deben presentarse ante el ayuntamiento y la Administración turística.
Qué obligaciones deben cumplirse durante el desarrollo de la actividad.
Esta clasificación permite distinguir los diferentes tipos de alojamientos turísticos en Asturias y conocer qué normativa corresponde aplicar en cada caso.
No basta con anunciar una vivienda en una plataforma de reservas para que pueda considerarse legalmente un alojamiento turístico. Es necesario que la actividad esté correctamente encuadrada y que se cumplan las condiciones correspondientes.
Normativa turística en Asturias
La regulación de los alojamientos turísticos en el Principado de Asturias se recoge principalmente en la Ley 7/2001, de 22 de junio, de Turismo, junto con los decretos específicos que desarrollan cada modalidad.
Entre las normas de referencia se encuentran:
Ley del Principado de Asturias 7/2001, de 22 de junio, de Turismo.
Decreto 48/2016, de 10 de agosto, de viviendas vacacionales y viviendas de uso turístico, modificado por el Decreto 4/2026.
Decreto 60/1986, de 30 de abril, sobre ordenación de los apartamentos turísticos.
Decreto 143/2002, de 14 de noviembre, de alojamientos de turismo rural.
Decreto 18/2023, de 2 de marzo, de ordenación de establecimientos hoteleros.
Decreto 33/2022, de 3 de junio, de ordenación de albergues turísticos.
Decreto 61/2022, de 23 de septiembre, de ordenación de campamentos de turismo y áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito.
La normativa puede modificarse y, además, los ayuntamientos pueden establecer condiciones urbanísticas propias dentro de sus competencias. Por ello, conviene consultar siempre la regulación vigente y los requisitos aplicables al municipio donde se encuentre el inmueble.
Puedes consultar el texto de la Ley 7/2001, de 22 de junio, de Turismo del Principado de Asturias, como referencia general de la regulación turística autonómica y consultar también nuestro artículo Normativa turística en Asturias, donde abordamos con más detalle las principales disposiciones que afectan a los alojamientos turísticos.
Como referencia oficial, el Principado de Asturias dispone de información sobre los trámites de inscripción y modificación de actividades en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.
Gestión de alojamientos turísticos en Asturias
Cada alojamiento es diferente. Su ubicación, sus características y la demanda de su entorno condicionan la forma de gestionarlo.
En Gestión Alojamientos ofrecemos un servicio de Gestión Integral dirigido a propietarios de alojamientos turísticos en Asturias y Ribadeo que desean rentabilizar su propiedad sin tener que ocuparse de las tareas del día a día.
Nos encargamos de la comercialización, la gestión de reservas, la atención a los huéspedes, la coordinación de las entradas y salidas y la limpieza entre estancias, entre otras tareas necesarias para el funcionamiento del alojamiento.
Si tienes un alojamiento turístico y quieres conocer cómo podemos ayudarte, puedes ponerte en contacto con nosotros y estudiaremos las características de tu propiedad.
